Asistentes al evento del pasado martes 13 de julio, donde se abordó la temática del Salario mínimo, en el marco de las actividades en el mes del periodista. Les compartimos algunas fotografías de la actividad.
Somos el único sindicato de periodistas salvadoreño, que se preocupa por la formación profesional, capacitación y desarrollo de la profesión en el país. Además ser una opción para la juventud que se desarrolla en el mundo de las comunicaciones tradicionales y de las nuevas tecnologías.
Ante la demanda de inconstitucionalidad de las reformas al Art. 191 del Código Penal, referentes a la impunidad para dueños y jefes de los medios de comunicación, cuando atenten contra “el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” protegidos por el Art. 2 de la Constitución de la República.
ResponderEliminar1. La libertad de expresión del pueblo salvadoreño no debe confundirse con la libertad de empresa.
2. La libertad de expresión no puede quedar limitada sólo a los dueños de los medios, ni ser un privilegio de quienes pertenecen al sector económico más poderoso del país.
3. Los gobiernos del país están en la obligación de pautar en todos los medios y no sólo en los más grandes, por cuanto utilizan los dineros del pueblo lo que va contra la democratización de las comunicaciones. Debe revisarse la legislación al respecto aprobada en Uruguay.
4. No existe legislación que empodere a los y las profesionales de la prensa, de la información y de la crítica periodística, por cuanto al hacerlo pondrían en riesgo su empleo. Al no contarse con contratos colectivos de trabajo, el sector de prensa sigue atado a los intereses de los propietarios de los medios.
5. Las frecuencias de radio y TV son en la práctica una propiedad de sus “dueños”, cuando el espectro radio eléctrico le pertenece a la población salvadoreña. Sólo se cuenta con una frecuencia para las radios comunitarias (de unas 200) y se carece de televisoras comunitarias.
6. El ejercicio de la libertad de expresión va más allá del Art. 191 y de sus modificaciones recientes, las cuales, lamentablemente, fortalecen la actual impunidad de los propietarios de medios y sus jefaturas.
7. La Federación Internacional de Periodista (FIP) “trabaja por la libertad de expresión mediante el desarrollo de los sindicatos, trabajando por los derechos y condiciones sociales de los periodistas, ya que no puede haber libertad de prensa donde los periodistas viven en condiciones de corrupción, pobreza o temor”.
Como miembro del SINPESS, me siento obligado a participar en el debate del recurso de inconstitucionalidad sobre las adendas al Art. 191 del Código Penal que estudia la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Por lo tanto:
1. Expreso mi oposición a que los sectores privilegiados de prensa sean consideradas personas especiales que están por encima de la Constitución de la República y de la ley, al presionar por mantenerse impunes ante los delitos de injuria, difamación y calumnia, al contrario del resto de salvadoreños y salvadoreñas.
2. Considero una falta de ética profesional, la campaña mantenida por los medios para confundir al pueblo salvadoreño. Todo este tiempo han querido convencernos de que la CSJ podría atentar contra la libertad de expresión, cuando este punto no está en discusión.
3. Espero de mis colegas periodistas y otras instancias gubernamentales y privadas a que reflexionen y se informen de los antecedentes e intereses que se mueven alrededor de la gigantesca presión contra la CSJ, cuyo fallo esperamos se atenga a lo que dice la Constitución de la República.
Felipe V. Ortiz
Periodista